¿Cómo la suspensión de la ley anticorrupción por parte de Trump puede afectar a América Latina?

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By Isabel Gutierrez

El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, firmó el 10 de febrero un decreto que suspende por 180 días la aplicación de la ley anticorrupción conocida como Foreign Corrupt Practices Act (FCPA).

La suspensión estará vigente mientras el fiscal general revisa las directrices para la aplicación de la norma, lo que podría tener un impacto directo en ejecutivos brasileños. Entre las diez mayores sanciones impuestas bajo el FCPA, dos involucraron a empresas brasileñas: Odebrecht y Petrobras. Además, Brasil ocupa el segundo lugar en la lista de países donde se registraron más casos de pago de sobornos entre 2015 y 2024, según datos de la Universidad de Stanford.

Desde 1977, el FCPA ha sido la base para investigar y sancionar a empresas estadounidenses que pagan sobornos en el extranjero. Sin embargo, el Departamento de Justicia de EE.UU. (DoJ) ha adoptado una interpretación amplia de la ley y suele aplicar el FCPA a cualquier empresa con acciones en bolsas estadounidenses, certificados de depósito estadounidenses (ADRs), filiales o cualquier otra operación en el país.

Impacto en Brasil

“El FCPA fue el gran impulsor de la operación Lava Jato en Brasil e incluso influyó en la ley anticorrupción brasileña, que en gran parte es una adaptación del FCPA”, explicó Paulo Sérgio Suzart, socio de Suzart Consultoria y profesor de Compliance.

Odebrecht no solo aparece entre las empresas que recibieron las mayores sanciones en la historia del FCPA, sino que también encabeza la lista, con una multa de 3.500 millones de dólares. Petrobras ocupa el cuarto lugar, con una sanción de 1.780 millones de dólares.

Las investigaciones actuales y futuras serán las más afectadas por el decreto de Trump, aunque los abogados creen que los casos antiguos tampoco están exentos de revisión. Los efectos pueden incluir desde la reducción de multas hasta la paralización de investigaciones en curso.

“Los casos antiguos también podrían verse afectados por el decreto presidencial. En la sección 2, letra d, la norma establece que el fiscal general tomará medidas en relación con casos presentes y pasados. Por lo tanto, no hay certeza sobre si los casos antiguos serán o no afectados, ya que dependerá del análisis del fiscal general, pero existe una referencia expresa a esa posibilidad en el texto”, explicó José Alexandre Buaiz Neto, socio del bufete Pinheiro Neto Advogados.

Por su parte, Raphael Soré, socio del área de Compliance, Investigaciones y Gobernanza Corporativa de Machado Meyer Advogados, considera que modificar casos ya acordados es más complejo, aunque todo dependerá de cómo la fiscalía general implemente la revisión de la norma.

¿Fin de las sanciones por corrupción?

A pesar de la señal negativa para la gobernanza corporativa, Soré cree que incluso una revocación total del FCPA no eximiría a las empresas estadounidenses de sanciones.

“Es difícil afirmar que las empresas estadounidenses tendrían carta blanca para pagar sobornos en el extranjero, ya que en la década de 1990 otros países implementaron normas estrictas en el mismo sentido, y las multinacionales operan en múltiples jurisdicciones más allá de Estados Unidos”, señaló.

Suzart también destaca que la suspensión del FCPA ocurre en un contexto en el que el gobierno de EE.UU. parece estar priorizando los esfuerzos del DoJ en el combate contra el crimen organizado transnacional. “Trump quiere enfocarse en combatir los cárteles mexicanos y colombianos, así como la mafia italiana”, concluyó.